Conocemos el concepto de dación en pago como la operación en la que se entrega una vivienda hipotecada a cambio de cancelar toda la deuda pendiente con la entidad bancaria. Por ello, aunque el cliente ya no puede recuperar el montante económico que se ha devuelto al banco, no tiene que continuar pagando la cantidad pendiente, ni tampoco los intereses de demora y las comisiones de impago.
Esta operación específica es una manera de evitar la ejecución hipotecaria si nos vemos imposibilitados en pagar las cuotas de nuestra hipoteca. Normalmente son los propios hipotecados los que solicitan la dación en pago. Una vez que el cliente la reclama, el banco puede tardar entre tres y seis meses en resolver si acepta o rechaza la solución.
¿Cuándo queda saldada la deuda con el banco?. En el momento en que entreguemos la vivienda. De este modo evitaremos el dificultoso proceso judicial que conlleva una ejecución hipotecaria. Nos asegurará contar con otras alternativas de pago e incluso se puede pedir vivir en alquiler en el inmueble ya propiedad del banco, pagando un tipo de mensualidad más baja hasta tres años.
¿Quién puede acogerse a la dación en pago?
No podemos dejar a un lado que no todos pueden solicitar la dación en pago. Si no lo encontramos especificado en el contrato, nos obliga a negociar con el banco y dicha entidad no está obligada a concedernos la dación en pago. Aunque tendremos otra opción más idónea, que repasaremos más adelante.
Aunque podamos acogernos a la dación en pago y nos liberemos de la deuda contraída, es necesario saber que si recurrimos a una hipoteca o préstamo en otra ocasión será mucho más complicado acceder a ella. Si finalmente nos la conceden será en unas condiciones mucho peores ya que nuestro perfil será considerado de riesgo para la entidad bancaria.
¿Cómo obtener la dación en pago?
Negociando con el banco es la manera más rápida de saldar la deuda mediante la entrega de nuestra vivienda, pero dependeremos totalmente de la decisión del propio banco.
Y la opción que a priori es más factible es acogerse al Código de Buenas Prácticas Bancarias para conseguir la dación en pago cumpliendo este tipo de los requisitos, como por ejemplo: el caso no debe estar en proceso de ejecución, que estén todos los miembros de la familia en paro, no poseer bienes patrimoniales, una hipoteca de hasta 200.000 euros como máximo, no contar con avalista, solo deben poseer ese inmueble como propiedad y no debe tener cargas superiores como es el caso de los créditos impagados.
En Magnum Abogados disponemos de abogados especialistas en hipotecas y expertos en negociar condiciones hipotecarias con entidades financieras y en reclamar gastos hipoteca al banco. Contamos con unos profesionales cualificados en Derecho bancario, que poseen una extensa experiencia y te ayudarán desde el primer momento a resolver tus problemas financieros.